Almería

Impacto medioambiental y acumulación de rentas de la minería en Fondón

EN Fondón a la acumulación de rentas agrarias se unieron las procedentes de la minería. Este hecho contribuyó, entre otros aspectos, a incrementar el esplendor del caserío urbano. A mediados del siglo XIX el informante de Madoz dice: "Fondón tiene 310 casas, por lo regular de dos pisos, algunas de tres y no pocas notables por su magnitud, moderna construcción y elegante mueblaje, cuya mejora es debida al producto de las minas plomizas de Sierra de Gádor".

En Fondón se van configurando y consolidando importantes patrimonios: en la lista de votantes para la elección de diputados a Cortes del año 1858, el mayor contribuyente del distrito de Berja (Adra, La Alquería, Dalías, Berja, Fondón, Presidio, Laujar, Bayárcal, Paterna, Alcolea, Darrícal y Benínar) era el vecino de Fondón Francisco Godoy Moral, con 8.360 reales, seguido por Rafael Godoy 2.820, Juan Nepomuceno Godoy 2.815, Joaquín Godoy Manrique 2.784, Francisco Godoy Amat 1.886, Rafael Aguilera 1.678 y Bernardo Hueso 1.430, de los restantes cuarenta y siete electores cuarenta y cuatro pagan entre 400 y 861 reales, todos "propietarios", excepto un "comerciante" y un "propietario y comerciante", y tres: el médico y cirujano, el cura párroco y un "presbítero y maestro de Instrucción Primaria" satisfacen entre 203 y 260 reales. En el mencionado año de 1858 el primer contribuyente de la ciudad de Almería es Francisco Javier de León Bendicho con 8.193 reales.

Consideramos significativo recurrir al método comparativo reseñando el primer contribuyente de cada uno de los pueblos que forman el distrito electoral de Berja: Alcolea, Antonio Gómez 1.065 reales; La Alquería, José María Barranco 549; Bayárcal, Antonio Mateos 826; Benínar, Antonio Rodríguez 465; Dalías, José Fornieles Godoy 3.1l6; Darrícal, Joaquín Espejo Godoy 1.490; Fondón, Francisco Godoy Moral 8.360; Laujar, Antonio Molero Moya 3.313; Paterna, Mariano de Campos 961; Presidio, Andrés del Barco 1.742; Adra, Pedro Trell y Chacón 3.280 y Berja, José de Trell 5.728.

El estudio de la vegetación natural tiende a hacerse más paisajístico e integrador, en el que la Historia tiene mucho que decir. En algunos archivos municipales se conservan documentos de gran interés para este análisis, como las actas capitulares y otros fondos sobre montes de Fondón y los siguientes de Abrucena: Libro de montes (año 1788), Cuentas generales del fondo de leña (1800-1850), Libro de salida de fondos de leña (1800-1850), Libro de entrada de fondos de leña (1800-1850), Deslinde de montes (1790-1809), Normativas para la tala de montes (años 1801, 1805, 1809, 1835), Normas exceptuando la venta de monte alto (año 1570, traslado de 1890).

La vegetación natural constituye un recurso que se renueva sin la intervención humana y cuyo excedente es susceptible de utilización, precisamente para optimizarla se hace necesario establecer una normativa e incluso realizar nuevos plantíos. Durante varios siglos el aprovechamiento se logró sin alterar los ritmos de renovación, sin embargo, a raíz de la explotación minera del último tercio del XVIII, pero especialmente de la primera mitad del siglo XIX los ritmos de renovación se alteraron originando la práctica desaparición del encinar de la Sierra de Gádor, afectando igualmente al matorral.

Gonzalo de Osorio "Ministro principal y juez privativo de la Real jurisdicción de marina, matrículas y montes de esta provincia de Almería", estando en la visita y residencia de estos últimos el 30 de abril de 1786 dispuso se hiciera "notorio a todos los vecinos", el poder exponerle los asuntos que consideren procedentes sobre: "El repartimiento de bellota, hoja y ramaje para las fogueras, como en el plantío que se mandó hacer por la anterior visita, si les han llevado derechos algunos por las licencias para el corte de maderas que hayan necesitado, si por los guardas celadores de dichos montes se han hecho algunos monipodios o estafas por haber encontrado cortando en ellos y no haber dado cuenta, y demás razones que tengan que exponer. Los dueños de los montes igualmente presenten todas las licencias para cortes de madera en el tiempo de esta visita, para comprobarlas para el examen que se debe ejecutar". Para personarse en cualquiera de estos asuntos se da un plazo de tres días, debiendo hacerlo, "ante su señoría, con justificación, o ofreciéndola, que mediante ella se les proveerá de justicia breve y sumariamente".

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