Tribunales

La Junta de Andalucía recurre la sentencia que anula la línea de alta tensión de Levante

  • La Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa concedió en noviembre de 2005, a la eléctrica Sevillana Endesa, la autorización para la instalación de ésta.

La Junta de Andalucía ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almería que declara nula de pleno derecho la autorización que la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa concedió en noviembre de 2005 a la eléctrica Sevillana Endesa para el tendido de la línea de alta tensión en el Levante almeriense, además de aprobar la urgente ocupación de las fincas afectadas por la instalación de las torretas.

Según la Delegación provincial de Innovación, Ciencia y Empresa, los servicios jurídicos formularon la apelación en base a que la declaración de utilidad pública de la línea se realizó "con estricto cumplimiento" de la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico que, en su artículo 54.1, obliga a que el procedimiento expropiatorio en instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica se realice por vía de urgencia.

Contra la sentencia del juez Jesús Rivera interpondrá también recurso la empresa eléctrica, que defiende que el trazado de la línea respeta la distancia "reglamentaria" a las viviendas, a pesar de que el fallo ordenaba la retirada de una torreta de 35 metros de altura instalada a 13,5 metros de la casa de la particular que interpuso el recurso ante los Juzgados de lo Contencioso.

El magistrado consideró sin embargo que la Junta de Andalucía, al declarar de utilidad pública el proyecto de la compañía eléctrica, "prescindió" del procedimiento legalmente establecido y aplicó la vía de urgencia "sin debida justificación" ya que el argumento de falta de suministro a la subestación de Mojácar (Almería) no cabe ya que por la línea en litigio "aún no circula electricidad".

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