Almería

La Junta Electoral de Zona da por zanjado el asunto de los recursos electorales

  • En el Ayuntamiento de Carboneras se celebró ayer el último plenario con Cristóbal Fernández con la aprobación del acta del Pleno anterior y, de esta forma, cierra su legislatura municipal

En el Ayuntamiento de Carboneras se celebró ayer el último Plenario municipal presidido por el socialista Cristóbal Fernández. La aprobación del acta del Pleno anterior fue el contenido de la Sesión, un mero trámite que han de cumplir los ediles salientes para cerrar la legislatura. La próxima Sesión Plenaria tendrá lugar el próximo viernes, al igual que en Mojácar, para elegir a los nuevos Alcaldes: Salvador Hernández, de GICAR, en Carboneras a las 13:00 horas, y la Popular Rosa María Cano en el municipio mojaquero a las 20:30 horas.

En otro orden de cosas, fuentes de la Junta Electoral de Zona de Vera exponían igualmente ayer a este periódico que "no podemos dedicar nuestro tiempo a desmentir lo que se ha estado y aún se sigue criticando de nuestra actuación en la jornada electoral y en la posterior tramitación de recursos. Este Juzgado tiene mucho trabajo y ésta será la última declaración que hagamos". En opinión de las mismas fuentes "se ha hablado mucho, tal vez demasiado, de los resultados electorales en los municipios de Carboneras y Mojácar. Desde aquí se ha pedido prudencia a la hora de emitir juicios acerca de los recursos presentados por el PSOE en Carboneras y por cinco partidos en Mojácar, a la vez que hemos considerado oportuno solicitar prudencia y esperar a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia". El TSJA se pronunció el pasado lunes como ya dio cuenta Diario de Almería al emitir su Fallo desestimatorio en ambos casos.

La Junta Electoral de Zona de Vera ha señalado que a la hora de dictar sentencia, el Tribunal Superior de Justicia "ha empleado los mismos criterios jurídicos que aplicamos nosotros al desestimar los recursos". De otro lado, portavoces de la JEZ indican su discrepancia con la Junta Electoral Central con el recurso de Mojácar "puesto que no se daban las causas previstas en el artículo 108 de la LOREG, Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y, además, en la Junta Electoral Central no tenían delante las actas de sesión ni las actas de escrutinio. Por lo tanto, no entendemos su razonamiento". Los mismos portavoces de la Junta Electoral de Zona de Vera concluyeron que una vez emitidos los fallos por el TSJA daban el asunto por cerrado.

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