Almería

El Supremo admite un recurso sobre la zonificación del hotel del Algarrobico

  • El Ayuntamiento de Carboneras solicitó la nulidad del decreto por el que se aprobaba el PORN

El hotel sigue a la espera de un pronunciamiento definitivo de la justicia.

El hotel sigue a la espera de un pronunciamiento definitivo de la justicia. / javier alonso

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Carboneras contra la sentencia del TSJA en la que resolvía que el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque natural de Cabo de Gata-Níjar de 2008 es conforme a derecho con la única excepción de la calificación dada al sector ST-1 o 'Algarrobico' que, como ya resolvió en firme el Tribunal Supremo, es nula ya que le corresponde la que tenía en la misma norma de 1994, "área ambientalmente protegida". El auto dictado por el Alto Tribunal a finales del pasado mes de diciembre, devuelve a manos de la justicia el pronunciamiento sobre la normativa de zonificación ambiental de los terrenos que forman el sector ST-1 y ST-2 en los que se asienta el polémico hotel de 411 habitaciones y una veintena de plantas promovido por Azata. Cabe recorar que el Ayuntamiento solicitó la nulidad del decreto por el que se aprobaba el PORN de Cabo de Gata el Plan Rector de Usos y Gestión al entender que se había producido una "arbitrariedad en el ejercicio de la potestad de planificación". El Ayuntamiento calificaba como "arbitraria" la nueva zonificación ambiental que suponía una ampliación del parque natural en atención a que "la intervención humana que presenta ha sido consecuencia de un desarrollo urbanístico, legítimo y autorizado por las administraciones implicadas". El fallo del TSJA recurrida por el consistorio confirmaba, no obstante, que el sector ST-2 o 'Canillar', "colindante" al Algarrobico por su lindero este y también propiedad de Azata, estaba ubicado en el PORN de 2008 en las subzonas C1 y C2, "incompatibles con el uso urbanístico" y que, por tanto, es "espacio protegido no urbanizable en todas las planimetrías".

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