Almería

El Tribunal Superior da la razón al Ayuntamiento en la adjudicación de la Ciudad Digital

  • El fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Almería estimaba el recurso interpuesto por los concejales socialistas Juan Carlos Pérez Navas y Joaquín Jiménez

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) estimó el recurso presentado por el Ayuntamiento de Almería contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Almería que, en junio de 2006, anuló la concesión a la empresa Telvent para la explotación de un Centro de Servicios Digitales Avanzados en El Toyo (Almería), la Ciudad Digital, al entender que en esta actuación el Consistorio incurrió en "desviación de poder" y actuó con "mala fe".

Así lo revelaron fuentes del Ayuntamiento, que precisaron que el fallo da la razón al Ayuntamiento, que argumentó que la concesión a Telvent de la Ciudad Digital, adjudicada a la empresa en un Pleno celebrado el 26 de octubre de 2004 con los votos a favor del equipo de gobierno (PP-GIAL) y en contra del PSOE, no supuso "de modo alguno" una desviación de poder sino que fue adecuada.

El fallo del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número dos de Almería estimaba el recurso interpuesto por los concejales socialistas Juan Carlos Pérez Navas y Joaquín Jiménez, que impugnaron sendos acuerdos plenarios de 17 de septiembre y 26 de octubre de 2004 que aprobaron el expediente para la contratación de la concesión administrativa y la adjudicación a la empresa por procedimiento negociado y urgente, es decir, sin abrir un concurso público.

La sentencia del juez Jesús Rivera instaba a partir de cero en todo el proceso, por lo que la empresa concesionaria debería devolver las cantidades de dinero ya percibidas del Ayuntamiento de Almería.

En los fundamentos de derecho, el juez daba la razón a los recurrentes al entender que "no existía, objetivamente, causa en la que descansar la tramitación urgente del procedimiento de contratación" y señalaba que en la actuación del Ayuntamiento de Almería se ha incurrió en desviación de poder "porque se obviaron los reparos de carácter jurídico que, de forma clara y diáfana, expuso el secretario municipal sino que, por el contrario, el Ayuntamiento inició el expediente de contratación por la vía de urgencia". 

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