Almería

Dos años de prisión para promotores por estafar en la venta de viviendas

  • Ofertaron casas y garajes en una céntrica plaza a sabiendas que no podían construir por estar los terrenos embargados

La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a un año de prisión a Ana María R.P. y Guillermo L.E., socios de un promotora con sede social en la capital que, en 2002, formalizó la venta en más de 100.000 euros de dos viviendas y tres plazas de garaje a construir en una céntrica plaza del casco histórico a sabiendas de que la obra nunca podría llevarse a cabo debido a los embargos que pesaban sobre el solar.

La sentencia de la Sección Primera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera a ambos acusados autores de un delito continuado de estafa por el que les impone, además, el pago de una multa de tres euros al día durante nueve meses. Ana María R.P. y Guillermo L.E. mostraron en el acto de juicio oral conformidad con la pena solicitada por el Ministerio Público, después de la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación del daño pese a la reticencia mostrada durante siete años a devolver el dinero que le fue reclamado por las víctimas.

La mercantil Ann Guillot S.L publicitó en 2002 la construcción de una promoción de viviendas en la Plaza Marín de la capital. Las fincas que formaban solar, propiedad de otra empresa Almer Astur SL, de la que era administrador Guillermo L.E., contaban con "numerosos embargos" que hacían "prácticamente inviable" la obra. Ambos socios eran conocedores de la situación y con "evidente ánimo de lucro" llegaron a suscribir dos contratos de compraventa por valor de 163.986 y 89.340 euros, respectivamente.

Los primeros estafados, un matrimonio que adquirió una vivienda y dos plazas de garaje, abonaron entre el 15 de febrero y el 11 de marzo de 2002, fecha en que se formalizó en contrato de compraventa, 72.126 euros en tres entregas y en 15 pagarés de vencimiento mensual. El resto del importe por la adquisición de los citados bienes inmuebles habría de entregarse una vez suscrita la escritura pública.

Las otras víctimas, una pareja con planes de boda, suspendió las transferencias bancarias a las cuentas de la mercantil de los dos acusados al comprobar, nueve meses después de pagar una reserva de 600 euros por una vivienda y una plaza de garaje, que no se había movimiento en el solar donde se anunciaba la construcción. En total, Ana María R.P y Guillermo L.E. recibieron 36.060 euros por esta operación.

Ambos, a los que el fallo reprocha que se negasen a devolver el dinero cuando les fue reclamado pese a la aplicación de la atenuante muy cualificada de reparación de daño, ya habían sido desacreditados por el Juzgado de Primera Instancia número 6, cuyo titular declaró nulo el contrato de compraventa de la primera pareja, a la que sí le restituyeron el dinero.

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