Almería

Ponencia del teniente coronel Ortiz sobre notaría militar en el exterior

  • El interventor de la Brileg habló sobre los fedatarios públicos militares en zona de operaciones

Control interno, asesoramiento económico y fiscal, y notaría militar en su triple faceta de asesor, interventor y fedatario. Estas son las funciones encomendadas al interventor destacado en zona de operaciones internacionales, expuestas por el teniente coronel del Cuerpo de Intervención Antonio José Ortiz Ocaña en una conferencia organizada por la Hermandad de Antiguos Caballeros Legionarios en el Círculo Mercantil e Industrial, que contó con la presencia del subdelegado de Defensa, coronel Javier Soriano Trujillo.

Tras una primera introducción sobre los cometidos y organización del Cuerpo Militar de Intervención, Antonio Ortiz se refirió a la fe pública militar como el "conjunto de facultades que corresponden a los fedatarios militares, dirigidas a autenticar la certeza de un hecho o de una expresión de voluntad surgidos en cualquier centro, unidad o dependencia, cuando convenga que conste su realidad en documento fehaciente". La notaría militar en campaña o zona de operaciones tiene un carácter excepcional determinado por la situación, añadiendo las funciones propias de la notaría civil y la posibilidad de autorizar testamentos especiales militares. La función notarial, manifestó Ortiz, consiste en dotar de fe pública o autentidad a los contratos y demás actos extrajudiciales en los que intervienen los fedatarios, garantizando la seguridad jurídica en el ámbito del tráfico jurídico extrajudicial. También se refirió a las muy variadas modalidades de la notaría militar y a las relaciones de mutuo entendimiento existentes entre la Intervención General de Defensa -para la que acaba de ser nombrado el general Ángel Méndez García- y la Dirección General del Registro y Notariado. Concretamente, la Resolución de ésta de 27 abril de 2011" autoriza al Archivo General de Protocolos de Madrid para que reciba, archive y custodie todos los protocolos remitidos por la Intergedef que hayan sido autorizados por fedatarios públicos militares en el ejercicio de la notaría militar.

El teniente coronel Ortiz finalizó su brillante exposición manifestando que el futuro de la notaría militar pasa por la modificación del anexo III del Reglamento Notarial (ejercicio de la fe pública de los agentes diplomáticos y consulares de España en el extranjero), para incluir una nueva sección segunda en la que se regule el ejercicio de la fe pública por los interventores militares en misiones en el exterior, que derogará el Decreto de 25 de septiembre de 1941, dando así una cobertura legal, formal y protocolaria a la notaria militar en operaciones internacionales.

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