Almería

El TSJA confirma que el suelo del Algarrobico pertenece a la Junta

  • Permite a la delegación de Medio Ambiente inscribirlo en el Registro de la Propiedad El Ejecutivo de Chaves compró el terreno en 2006 por un total de 2,3 millones

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía dio ayer una vuelta de tuerca más en la maraña jurídica en la que parece empeñado en que el asunto del hotel del Algarrobico no salga y declaró que una de las tres sentencias que otorgaron a la Junta de Andalucía la propiedad del inmueble por un importe de 2,3 millones de euros. La resolución conocida ayer desestima el recurso de apelación que sobre el derecho de retracto ejercido por el gobierno autonómico presidido por Manuel Chaves, había interpuesto el Ayuntamiento de Carboneras. El fallo apunta en una dirección completamente diferente a la que hace unas semanas, el mismo TSJA (aunque otra sala) dictó en otra sentencia que consideraba el suelo en el que se asienta como urbanizable.

La sentencia faculta al delegado de Medio Ambiente en Almería para que, en nombre de la Junta de Andalucía, "formalice las escrituras de compraventa o, en su defecto, las actas de pago y ocupación, así como el resto de la documentación necesaria para la total inscripción de las cinco fincas que componen los sectores ST-1 y ST-2 en los registros pertinentes". Sobre la posibilidad y la intención varias veces manifestada por los representantes de la administración de restaurar dichos terrenos a su estado primitivo, que el destino que se dará a los mismos es una cuestión "que se suscitará con posterioridad y a resultas de dicho derecho de retracto".

Cabe recordar que la Junta de Andalucía adquirió a la promotora Azata del Sol en septiembre de 2006 el suelo con el objetivo, según manifestaron entonces, el propio presidente del Gobierno andaluz, Manuel Chaves para "hacer desaparecer el establecimiento de 20 plantas y 411 habitaciones.

El TSJA subrayó, al contrario de lo que se ha manifestado por el mismo hace apenas un mes, que "el interés medioambiental del paraje resulta notorio por estar bajo seis figuras conservacionistas europeas y aludió a la sentencia de junio de 2012 en la que se revocaba el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) que entró en vigor en 2008" porque entendía que "había rebajado el nivel de protección con respecto al de 1994 y que este podía hacer factible la realización de nuevas edificaciones o rehabilitación de las ya existentes".

En este punto, el TSJA entró de lleno en la controversia que ha marcado todos los procedimientos en torno al hotel y que se centra en la "más que cuestionable calificación de urbanizable de los terrenos" y hacía referencia a los planos modificados en 1997 por la Junta y en la que se basó el Ayuntamiento para dar vía libre a la construcción del hotel ya que la zona "debatida" aparecía como "urbanizable ordenada".

Recordaba que el Alto Tribunal ya calificó esta sustitución de planos como "un mecanismo burdo para pasar el suelo de especial protección a no urbanizable" y consideró que "había sido una triquiñuela para hacer jugar a la inversa la jerarquización de los planteamientos urbanísticos y medioambientales, adaptando el PORN a la normativa municipal, lo que está vedado".

Poco después el mismo tribunal emitía un auto en el que se declaraba el paraje "espacio protegido no urbanizable" y obligaba a su publicación en BOJA, un pronunciamiento que entra en contradicción con el dictado por la Sección Tercera el pasado mes de marzo en el que cataloga los sectores ST-1 y ST-2 como "urbanizables" y que ha llevado a los colectivos ecologistas y a la propia Junta a recurrirla en casación ante el TS.

A pesar de que la Junta quiere tener todos los cabos judiciales atados, con esta sentencia hay elementos más que de sobra para poder acometer el derribo del hotel tal y como acordó con el Ministerio de Medio Ambiente.

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