Almería

Deniegan el pago de una indemnización tras una muerte por una lesión de pádel

  • La familia del fallecido cobró 60.000 euros pero reclamaba otros tantos de acuerdo a una de las coberturas de la póliza contratada

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia por la que deniega a una familia de Almería el cobro de una indemnización de 60.000 euros por parte de una compañía de seguros, tras la muerte del suscriptor de la póliza después de sufrir una lesión cuando jugaba al pádel. El fallo, consultado por Efe, recoge que la mujer e hijos del fallecido interpusieron una demanda de juicio ordinario contra la aseguradora después de que el hombre falleciese el 13 de febrero del 2008, indicando que éste tenía contratada una póliza de seguro de vida, entre cuyas coberturas se encontraba la principal de "fallecimiento por cualquier causa", con un capital asegurado de 60.000 euros. La póliza tenía además, como garantía complementaria, la cobertura de "fallecimiento por accidente", también con un capital asegurado de 60.000 euros. El Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Almería dio la razón en un primer momento a la familia y en noviembre del 2012 condenó a la empresa demandada a abonar a la viuda la cantidad de 60.000 euros, más los intereses moratorios. La aseguradora recurrió esta sentencia ante la Audiencia de Almería, que en septiembre del 2013 revocó dicha resolución y absolvió a la demandada, que quedó libre del pago.

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