Almería

Condenan a una madre por pegar y tener abandonado a su hijo

  • La Junta retiró a la mujer la custodia de cuatro niños por el estado en el que se encontraban

El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a una vecina de Adra que golpeó a su hijo, al que había desatendido y mantenido en "precarias condiciones higiénicas y alimenticias", a la que la Junta de Andalucía retiró la custodia de este menor y tres de sus hermanos por desatender sus "necesidades de asistencia material y moral".

La sentencia, dictada por conformidad de las partes y consultada por Diario de Almería, recoge que la acusada, D.H.G., entre el día 27 de enero y el 4 de marzo de 2015 se hallaba en su vivienda familiar de Adra en compañía de uno de sus hijos menores.

"Actuando guiada por el ánimo de menoscabar la integridad física del menor", lo golpeó en el tronco y en las extremidades, "lastimándolo con lesiones lineales en el antebrazo izquierdo" y "numerosas lesiones hiperpigmentadas en la zona de la espalda dorso lumbar", miembros superiores e inferiores, por las que tuvo que recibir asistencia facultativa.

En el momento de ser reconocido por el médico, el menor presentaba "suciedad, mal olor, uñas de los pies largas y sucias y caries dental múltiple".

A raíz de estos hechos, la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía incoó un expediente de desamparo a los hijos menores de la acusada, el agredido, de seis años en aquel entonces, una niña y un niño de cuatro y otra niña de un año y medio, que residían con ella en el mismo domicilio.

Según la sentencia, la mujer "había venido desatendiendo las necesidades de asistencia material y moral de aquellos, hasta el extremo de dejarlos solos en las situaciones de ingreso hospitalarios de los mismos, con descuido de su alimentación e higiene diaria" además de en la escolarización del hijo agredido, que "acudió en diversas ocasiones" a su colegio en "precarias condiciones higiénicas y alimenticias".

Por estos hechos, D.H.G. ha sido condenada por un delito de lesiones agravadas en el ámbito de la violencia familiar y por otro delito de abandono de menor.

Por el primero le ha sido impuesta una pena de 56 días de trabajos en beneficio a la comunidad, se le priva al derecho a la tenencia y porte de armas durante un año y se le prohíbe aproximarse al hijo agredido a menos de 500 metros durante un año, imponiéndole además una multa de seis meses, a razón de dos euros al día.

Asimismo tendrá que pagar al representante legal de su hijo una indemnización de 420 euros en concepto de responsabilidad civil.

Al haber mostrado su conformidad con el relato de los hechos la acusada, la sentencia del Juzgado de lo Penal número 5 de Almería es firme y no cabe recurso ordinario contra la misma.

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