Crónicas desde la Ciudad

Moruno, Leona, Agustina y El TontoEl día después

  • Gádor asistió el 28 de junio de 1910 al crimen del pequeño Bernardo González Parra, de siete años de edad. A Francisco Leona le habían recomendado para curar su tuberculosis, ingerir la sangre de una persona joven.

ESTE es el Gádor moderno que se divierte y labora. Que estudia, se esfuerza y goza de un democrático marco de sociabilidad donde dirimir cualquier divergencia política. La pujante villa del Andaráx está hoy muy alejada, evidentemente, de aquella otra de principios del siglo XX en que imperaba el analfabetismo y la superchería; altos flujos migratorios pese a ser años económicamente florecientes; sometida al clientelismo electoral, al caciquismo del señorito propietario de la capital.

En aquel clima sociocultural debemos contextualizar el execrable asesinato acaecido en 1910. Por ello, debemos insistir en que lo ocurrido aquí pudo suceder en cualquier otro lugar: el estigma vergonzante, si aún subsistiera en alguno de sus habitantes, debe ser superado desde la reflexión y la lejanía. Había dejado de escribir del caso que pronto alcanzará su centenario, pero iniciativas recientes incitan a retomarlo. La Biblioteca Pública "Francisco Villaespesa" -coincidiendo con el 25º aniversario de su actual emplazamiento- invita este sábado a una "Rutas de misterios del Bajo Andaráx: Crimen de Gádor y la Virgen de Terque". Interesante recorrido, salvo que es guiado por el autor de un libro (otro de cuentos de esta guisa se anuncia próximamente) en el que entre omisiones y errores desliza:

"Fue condenado (Julio Hernández "El Tonto") al igual que su madre, a morir mediante en el (sic) "garrote vil" y cumplió su pena como reflejó la prensa, a pesar de que otros libros consultados aseguren que Julio consiguió quedar en libertad debido a sus problemas mentales".

El que fuese ajusticiado es rotundamente falso como más adelante demostraré. En aras de la seriedad historiográfica, sería de desear que citase nombre y fecha del periódico que lo publicó. El historiador trabaja con documentos o basándose, con cautela, en indicios razonables y razonados. Nunca en elucubraciones fantásticas, incluidas las aparecidas en Prensa. Con mayor rigor aún cuando la víctima es un niño. El Caso, popular revista de sucesos, era más seguida por el morbo y truculencia de sus reportajes que por la veracidad informativa. Tras la filípica, he aquí la descripción resumida y alejada de detalles escabrosos.

Francisco Ortega "Moruno", aparcero en el cortijo El Carmen propiedad de Guillermo Rueda, dueño del diario La Crónica Meridional, padecía una tuberculosis pulmonar. Para su curación recurrió a Francisco Leona, barbero y curandero de fama en la zona, al tiempo que odiado y, aparentemente, protegido por individuos influyentes. Leona le aseguró su restablecimiento a cambio de cierta cantidad de dinero; la "terapia" consistía en ingerir sangre de una persona joven y aplicarse sobre el pecho su tejido adiposo (grasas). Compinchado con la maligna Agustina Rodríguez, convencieron al hijo de esta, Julio "El Tonto o El Pajarero", para que secuestrara a un niño y lo trajese al cortijo de San Patricio. El 28 de junio de 1910 atrapó a Bernardo González Parra, de 7 años, que jugaba con sus amigos en el río, junto al cañar de Juan Sánchez; ese mismo día se cometió el infanticidio por los citados en presencia de testigos cómplices. Conocida la desaparición, la Guardia Civil, con la colaboración forzada del Tonto y la espontánea de los vecinos -en todo momento Gádor fue solidaria con las víctimas-, descubrieron el cuerpo de la inocente criatura.

Tras los oportunos interrogatorios, la cuerda criminal fue traída a pie hasta Almería e ingresada en la Prisión Correccional de la calle Real (a la postre, serían los "inquilinos" más renombrados de la vetusta y ruinosa cárcel antes de que construyesen la de Las Peñicas de San Clemente, paraje de Gachas Colorás). El escándalo en la ciudad iba en aumento conforme se acercaba la fecha designada para el juicio. La vista pública comenzó el 27 de noviembre de 1911 presidida por el magistrado Rómulo Villahermosa quien, tras cinco intensas jornadas de mañana y tarde, mandó leer la sentencia por la cual (entre otras penas) fueron condenados a muerte Francisco Ortega (a) Moruno, Francisco Leona, Agustina Rodríguez y su hijo Julio Hernández. Sin embargo, cuando se dictó la sentencia Leona había fallecido ya en la cárcel. El médico José Mª López certificó la defunción, a causa de una Enterocolitis crónica, el 29 de marzo de ese 1911. Viudo, de 74 años, dejó tres hijas. El juez ordenó su "sepultura en el cementerio Civil de esta Ciudad" y el Obispado negó el camposanto, desobedeciéndole, alegando que rechazó la confesión (familias de difuntos del recinto laico mostraron igualmente sus recelos al alcalde Braulio Moreno). La prensa aconsejó, como medida justa y razonable, enterrarlo bajo la tapia que rodea el cementerio, "apartados sus restos de personas que en vida fueron honradas y virtuosas". Sea como fuese, en los libros oficiales de Enterramientos no se consigna el lugar, ni en tierra ni en nicho.

Agustina y El Moruno entraron en capilla el 8 de septiembre de 1913. El pleno municipal que se celebraba ese día se suspendió dado que "coincidiendo este acto con la estancia en la capilla de los reos del crimen de Gádor, cuya sentencia de muerte ha de ejecutarse mañana, el espíritu de los concejales no se halla en el estado de serenidad adecuada para las deliberaciones". Al alborear el día 9, el verdugo, Áureo Fernández, dio muerte a garrote vil a los dos desgraciados tras no obtener el indulto solicitado por instituciones públicas y privadas.

Indulto que ¡sí alcanzó Julio! Gaceta de Madrid, núm. 252, martes 9 de septiembre de 1913. Ministerio de Gracia y Justicia. Real Decreto. "Visto el testimonio de la sentencia dictada por la Sala de lo Criminal del Tribunal Supremo… Considerando que los informen consignados en el sumario por los peritos Médicos no han estado conformes en apreciar el mismo grado en este reo que en los demás autores de dicho delito… Vengo en conmutar por la inmediata de cadena perpetua… la pena de muerte de Julio Hernández Rodríguez. Dado en Palacio a tres de Septiembre de mil novecientos trece. Alfonso (XIII)". Condena cumplida en el Manicomio Provincial de la carretera de Níjar hasta que en la mañana del 4 de noviembre de 1929 dejó de existir -soltero, cuarenta y cinco años- como consecuencia de una Embolia cerebral; dándosele sepultura en tierra (sin especificarse fosa) en el cementerio Municipal de San José. Estos son los hechos probados y documentados.

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