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Salud y Consumo

La Junta vigila que las empresas que ofrecen a los usuarios reagrupar sus créditos cumplan la Ley

Consumo llevará a cabo inspecciones para analizar la publicidad y la información que facilitan las intermediarias de estos servicios y también las entidades prestamistas de créditos hipotecarios

| Actualizado 18.11.2009 - 12:20
La Consejería de Salud, a través de su Dirección General de Consumo, desarrolla actualmente una campaña de inspección para comprobar si las empresas intermediarias que ofrecen a los consumidores la agrupación de sus créditos respetan los derechos que asisten a los usuarios a la hora de acceder a este tipo de servicios, en los que es esencial estar bien informado antes de firmar ningún contrato. En dicha campaña se vigilan también las empresas que conceden préstamos hipotecarios y que no son entidades de crédito tradicionales (bancos y cajas de ahorro).

La necesaria información con la que deben contar los consumidores a la hora de contratar este tipo de servicios está avalada por la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía y también por una reciente ley estatal específica (Ley 2/2009, de 31 de marzo) que regula la contratación de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de cualquier tipo de préstamo o crédito.

La especial incidencia que este tipo de créditos puede tener en la economía de los usuarios y el hecho de que se trate de unos servicios cada vez más demandados han hecho necesario que la Junta lleve a cabo una inspección que se centre específicamente en las empresas de mediación financiera que ofrecen la agrupación de créditos y también las que conceden créditos hipotecarios, quedando excluidas las entidades de crédito tradicionales, que sí han sido objeto de inspección en ocasiones anteriores por parte de los servicios de Consumo.

En concreto, los inspectores de Consumo de la Junta realizarán hasta finales de año un mínimo de 70 inspecciones, 7 de ellas en la provincia de Almería, para comprobar la posible existencia de publicidad engañosa, la presencia de cláusulas abusivas en los contratos o si las hojas de quejas y reclamaciones están a disposición de los usuarios, entre otros aspectos.

Así, se vigilará la concesión de préstamos o créditos hipotecarios bajo la forma de pago aplazado, apertura de crédito o cualquier otro medio de financiación equivalente; al tiempo que se inspeccionarán las actividades de intermediación para la celebración de contratos de préstamo con cualquier finalidad a un consumidor, controlando la presentación, propuesta o realización de trabajos preparatorios para la celebración de los citados contratos, incluida, en su caso, la puesta a disposición de los contratos para su firma.

Respecto a la publicidad y la información en Internet sobre las ofertas, en el caso de que aluda a la agrupación de distintos créditos o préstamos en uno solo, los inspectores verificarán si se facilita de forma clara, concisa y destacada información sobre cualquier tipo de gastos relacionados con la citada agrupación.

Además, está prohibido hacer referencia a la reducción de la cuota mensual a pagar sin mencionar de forma expresa el aumento del capital pendiente y el plazo de pago del nuevo crédito, en virtud de la Ley por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.

Igualmente, a través de esta campaña de inspección se comprobará si los operadores informan a los consumidores, tal y como están obligados a hacer, sobre la propia empresa, sobre los datos del préstamo hipotecario en cuestión (plazo, tipo de interés, comisiones, etc…) o si precisan con claridad los gastos preparatorios de la operación y sobre el resto de gastos, todo ello a través de un folleto que el usuario debe recibir gratuitamente.

En relación a la información previa al contrato, además de lo anterior, con cinco días naturales de antelación a la firma se facilitarán los datos sobre el préstamo o crédito que se ofrece (precio total, posibles riesgos, etc.).

En la campaña de vigilancia realizada por Consumo en 2008, que se centró en el ámbito del sector de entidades de crédito tradicionales (bancos y cajas), empresas financieras y productos financieros, uno de los principales incumplimientos detectados respecto a los servicios financieros fue que las entidades inspeccionadas, en el 41% de los casos, no indicaban con claridad que no se trataba de una entidad de crédito y que el préstamo sería concedido por una entidad financiera distinta.

Igualmente, casi la mitad de las empresas (el 48%) no indicaba mediante la publicidad las características básicas de la prestación del servicio, y un 37% introducía cláusulas abusivas en el contrato, entre las que cabe citar la vinculación del contrato a la voluntad del empresario.

Respecto a los productos financieros inspeccionados, los inspectores detectaron que había irregularidades en el 19% de los préstamos personales, en el 12% de los hipotecarios, en uno de cada cuatro (25%) casos de intermediación de crédito y en un tercio (el 33%) de los créditos rápidos que fueron objeto de control en la campaña del año pasado.

Recomendaciones

    La principal recomendación a la hora de contratar los servicios de empresas prestamistas y de intermediación financiera es estar debidamente asesorado y leer con tranquilidad los contratos antes de firmarlos.

Comparar varias ofertas antes de elegir un crédito es otro de los consejos básicos en estos casos, así como solicitar siempre una simulación, y en el caso de los hipotecarios, pedir la oferta vinculante que es obligatoria y que deben facilitar por escrito al usuario, con una validez de diez días, con lo cual puede compararse fácilmente con la de otras entidades.
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