Andalucía

Inhabilitado el ex alcalde de Los Barrios por negar información

  • Es la segunda condena contra el político perteneciente al PSOE en menos de dos años

El Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras ha condenado a dos años y medio de inhabilitación especial para el desarrollo de empleo o cargo público al ex alcalde de Los Barrios (Cádiz) Alonso Rojas (PSOE) al considerar probado que denegó información municipal al Partido Andalucista entre los años 2003 a 2005. Se trata de la segunda condena para Rojas en menos de dos años, ya que en julio de 2008 resultó inhabilitado seis meses por el caso Dytras, acusado en aquel momento de desobediencia judicial por no contestar a los requerimientos de las autoridades para pagar a dicha empresa la construcción de dos depuradoras en el municipio encargadas por su predecesor, Miguel Domínguez Conejo.

La sentencia condena además al ex regidor a las costas del procedimiento. La pena coincide con la solicitada tras el juicio oral -celebrado el 15 de abril- por el Ministerio Fiscal como constitutiva de un delito contra los derechos cívicos, previsto y penado en el artículo 542 del Código Penal.

El dictamen considera que Rojas omitió el cumplimiento de la obligación que en su condición de alcalde le compete "de procurar el acceso de todos los miembros de la Corporación Local a cuantos antecedentes, datos o informaciones obren en poder de los servicios de la Corporación y resulten necesarios para el ejercicio de su función". El fallo recoge que Rojas obstaculizó no de forma directa a través de la negativa, sino de forma indirecta por medio de la ausencia de respuesta a las peticiones andalucistas.

La sentencia dice que el acusado "incumplió su obligación de resolver y notificar la correspondiente resolución relativa a las múltiples peticiones de información y documentación de interés público municipal que por escrito presentara el concejal del Ayuntamiento (Jorge Romero) a quien, además, transcurrido el plazo de cinco días desde la petición, previsto para resolver sobre la misma y entrando en juego la regla del silencio administrativo positivo, tampoco se le permitió ver los expedientes". Esta situación se produjo entre los años 2003 a 2005 sobre un total de 37 peticiones, de las que sólo se atendió una.

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