CICLISMO lDopaje

El TAS se 'carga' a Alberto Contador

El ciclista español ha sido sancionado dos años con carácter retroactivo y pierde sus triunfos en el Tour 2010 y el Giro 2011

Dpa / LAUSANA | Actualizado 07.02.2012 - 05:02
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Alberto Contador no podrá correr hasta el mes de agosto de este año.

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) condenó ayer al ciclista español Alberto Contador a dos años de suspensión por dopaje con clembuterol. Según el comunicado del alto tribunal deportivo, el ciclista de 29 años no podrá volver a competir hasta el próximo 6 de agosto, ya que la sanción tiene un efecto retroactivo.

La sentencia supone además que la máxima estrella del ciclismo pierda todos sus triunfos desde que dio positivo el 21 de julio de 2010, entre ellos su tercer Tour de Francia (en 2010) y su segundo Giro de Italia (en 2011).

El español podría ser obligado también a pagar una multa económica de 2.485 millones de euros, como solicita la Unión Ciclista Internacional (UCI), pero la TAS decidirá más adelante sobre ese punto.

"Alberto Contador es sancionado con una suspensión de dos años que empieza retroactivamente el 25 de enero de 2011, menos el periodo de suspensión provisional que cumplió en 2010-2011 (cinco meses y 19 días)", explicó la CAS. "La suspensión debería por tanto terminar el 5 de agosto de 2012". De esta forma, el español no podrá correr ni el Tour, ni el Giro, ni los Juegos Olímpicos 2012, ya que la prueba de fondo en carretera en Londres es el 28 de julio y la contrarreloj el 1 de agosto. Sólo la Vuelta a España, que empieza el 18 de agosto, podría entrar en los planes del líder del Saxo-Bank.

El tribunal, compuesto por el israelí Efraim Barak, el suizo Quentin Byrne-Sutton y el alemán Ulrich Haas, aceptó con su veredicto el recurso elevado por la UCI y la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) contra la absolución de Contador por parte de la federación española.

Contador dio positivo el 21 de julio de 2010 durante el segundo día de descanso del Tour. El español, que acabó ganando la carrera, aseguró que el positivo se debió al consumo de una carne contaminada y siempre ha negado haberse dopado voluntariamente. La Federación Española de Ciclismo aceptó sus argumentos y lo absolvió, por lo que el corredor volvió a la competición el año pasado. La UCI y la AMA, sin embargo, decidieron recurrir la decisión ante la TAS, que tras un juicio de cuatro días en noviembre en Lausana, emitió su veredicto.

"Al contrario que en otros países, sobre todo fuera de Europa, España no es conocida por tener problemas de contaminación con clembuterol en la carne", explicó el tribunal. "Además, no se conocen otros casos de atletas que hayan dado positivo de clembuterol ligados al consumo de carne española", añadió. No obstante, el fallo del TAS tampoco considera probable que el positivo por clembuterol se deba a una autotransfusión de sangre, una de las posibilidades que esgrimían los abogados de UCI y AMA. Para la corte de Lausana, "la presencia de clembuterol se debió con mayor probabilidad a la ingestión de un suplemento alimentario contaminado".
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