Etiquetas con información más clara en alimentación

El Ministerio de Sanidad ha publicado el Reglamento 1169/2011 sobre los datos alimentarios que se facilitan al consumidor

Elio Sancho / Almería | Actualizado 08.01.2012 - 01:00
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La nueva norma define la información nutricional obligatoria que deben llevar los alimentos envasados.

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El etiquetado de los productos agroalimentarios ha sido siempre motivo de polémica por parte de las organizaciones agrarias de Almería al considerar que no incluyen toda la información que necesita saber el consumidor acerca de la trazabilidad necesaria para conocer el país de origen y los pasos que ha dado un determinado producto hasta que es adquirido por un cliente.

Hace solo unas semanas, el Ministerio de Sanidad publicó el Reglamento de la UE número 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

El texto consolida y actualiza dos campos de la legislación en materia de etiquetado: el del etiquetado general de los productos alimenticios, regulado por la directiva 2000/13/CE, y el del etiquetado nutricional, objetivo de la directiva 90/496/CEE.

El propósito del Reglamento es perseguir un alto nivel de protección de la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información para que los consumidores tomen decisiones con conocimiento de causa.

Entre las principales novedades, destaca un etiquetado más claro para elegir mejor, para lo que se establece un tamaño mínimo para la escritura. Se introduce un etiquetado obligatorio sobre información nutricional para la mayoría de los alimentos transformados. Los elementos a declarar de forma obligatoria son: el valor energético, las grasas, las grasas saturadas, los hidratos de carbono, los azúcares, las proteínas y la sal; todos estos elementos deberán presentarse en el mismo campo visual. Los alimentos no envasados estarán exentos de etiquetado nutricional.

Otra modificación destacable es la extensión de la obligatoriedad de indicar el país de origen en el etiquetado. El Reglamento establece unos periodos transitorios suficientemente amplios para permitir a las empresas adaptarse a las nuevas exigencias: tres añosdesde la entrada en vigor, excepto para el etiquetado nutricional obligatorio.
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