josé Esteban

Constitución de 1845Elecciones de Carboneras de 1846

DOÑA ISABEL II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía Española, Reina de las Españas; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueros y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de junio de 1.837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidos, en decretar y sancionar la siguiente Constitución de la Monarquía española […].

Por tanto, mandamos a todos nuestros súbditos de cualquier clase y condición que sean, que hayan y guarden la presente Constitución como ley fundamental de la Monarquía y mandamos así mismo a todos los Tribunales, Justicias, Jefes, Gobernadores y demás Autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquier clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la expresada Constitución en todas sus partes.

En Palacio a 23 de mayo de 1.845.- YO LA REINA.- El Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de la Guerra, Ramón María Narváez - El Ministro de Estado, Francisco Martínez de la Rosa - El Ministro de Gracia y Justicia, Luis Mayans […].

En esta Constitución, desaparece el concepto de "soberanía nacional", la concentración del poder ejecutivo y legislativo recae en las Cortes y el Rey, que pasa a convertirse en la clave del edificio político liberal. El Rey nombraba a los ministros, disolvía y convocaba las Cortes, designaba los senadores sin limitación de número y con carácter vitalicio. La ley de 8 de enero de 1.845 le concedía el derecho de nombrar a los Alcaldes, generalmente a los de provincias. Los Jefes Políticos nombraban a los de los partidos judiciales y pueblos. Los Alcaldes son nombrados por dos años.

La ley electoral de marzo de 1.846 desarrolló el sistema de elección de Diputados, muy restringida, sólo podían votar los mayores de 25 años que pagaban de contribución directa más de cuatrocientos reales anuales, sólo tendrían la posibilidad de votar unos cien mil electores de una población de doce millones de almas. Para presentarse a la elección de Diputado había que tener una renta superior a 12.000 reales anuales y contribuir al Tesoro con 100.000.

Se suprimía la Milicia Nacional, así mismo, el Jurado Popular; se restringió la libertad de imprenta y se proclamó la religión católica como la oficial del Estado, excluyéndose la práctica de cualquier otra. No se permitía en los Ayuntamientos debatir sobre asuntos políticos, el Jefe Político tenía la facultad de poder anular los acuerdos a que pudiera llegar la Corporación Municipal, sancionar y suspender temporalmente y definitivamente con la intervención del Gobierno.

Toda acción política estaba capitaneada por Gobiernos moderados, con la excepción del bienio progresista (1.854/56) y perduraría durante todo el reinado de Isabel II. En el seno de la corriente moderada hay tres tendencias: la moderada propiamente dicha, la autoritaria y la puritana. Aparecen las camarillas alrededor de la Corona y el caciquismo en las capitales de provincias y pueblos.

Pueblo de la Carbonera año de 1.846, la Sección de Gobierno Político de de la Provincia de Almería envía un oficio al Ayuntamiento con fecha 16 de diciembre de 1.845 firmado por D. Joaquín de Vilches: "A la población de Carbonera, con esta fecha he aprobado elecciones municipales de esa población y nombrado Alcalde a D. Simón Cayuela; Teniente de Alcalde primero a D. José Muñoz Sáez y segundo a D. Juan Zamora Segura y serán Concejales de ella en el bienio próximo: D. Juan Segado, D. Andrés Ruíz Díaz, D. Juan Sánchez Requena, D. Francisco Ruíz Fernández, D. Diego Hernández Cueto, D. Bartolomé Zamora menor, D. Miguel de Haro, D. Francisco de Fuentes y D. Pedro López". Como se habrá notado el número de Concejales ha aumentado a nueve, además del Alcalde y primer y segundo Tenientes de Alcalde, en total doce miembros.

Toma de posesión: "En la población de Carbonera a primero de enero de mil ochocientos cuarenta y seis, reunidos en las Salas Capitulares los Señores: D. Sebastián Rodríguez, Alcalde; D. Marcos Hernández, Teniente de Alcalde; D. Diego Hernández, D. Francisco Cayuela, D. Juan Belmonte, D. Simón López, D. Basilio Ruíz y D. Julián Flores, Regidores, individuos todos del Ayuntamiento Constitucional que hoy deben cesar, e igualmente D. Simón Cayuela, D. Juan Zamora Segura, D. Juan Segado, D. Andrés Ruíz Díaz, D. Juan Sánchez Requena, D. Francisco Ruíz Hernández, D. Diego Hernández Cueto, D. Bartolomé Zamora menor, D. Miguel de Haro, D. Francisco de Fuentes y D. Pedro López, individuos nombrados según el anterior oficio del Señor Jefe Superior Político de la Provincia para que desempeñen en el bienio que hoy da principio los destinos que en el mismo se mencionan, no habiéndose presentado a este acto el Sr. D. José Muñoz Sáez por hallarse ausente en la inmediata jurisdicción de Sorbas y enfermo según certificado que ha dirigido firmado por el Licenciado en Medicina D. Mateo del Castillo con fecha de ayer, en el mismo acto procedió el mencionado Alcalde D. Sebastián Rodríguez, a recibir el juramento prevenido por la ley, con arreglo a la fórmula establecida en el artículo cuarenta y seis del Reglamento a D. Simón Cayuela nombrado por el antedicho Sr. Jefe Político para Alcalde de este pueblo, quién lo verifico según se preceptúa, habiéndose tomado la posesión de la Vara de Justicia en el mismo acto, enseguida prestaron igual juramento el Sr. D. Juan Zamora nombrado segundo Teniente de Alcalde y los demás Concejales, declarando el antedicho Sr. Alcalde instalado el Ayuntamiento y retirándose los individuos que han cesado; en cuya virtud manifestaron que se estaba en el caso de dirigir al Sr, Jefe Político de la Provincia comunicación prevenida en el artículo cuarenta y ocho del Reglamento, haciendo mérito en ella de la falta de asistencia a este acto de D. José Muñoz Sáez y las causas que las han motivado; firmando y señalando este acto según acostumbran de que certifico = testado para desempeñar = no vale. Simón Cayuela = Juan Zamora = Juan Sánchez = Miguel de Haro = Pedro López = + + + + + = Jacinto Vañón Secretario. Se reparten los cargos entre los Concejales, se nombra Síndico y se ratifica como Secretario Titular a D. Jacinto Vañón que, hasta ahora, lo ejercía como interino.

Acta: "En el referido pueblo día, mes y año, los Señores que componen su Ayuntamiento Constitucional presididos por el Sr. Alcalde procedieron al sorteo de los cargos de los Concejales que han de desempeñar los cargos de Regidores de esta población por orden numerada según se previene en la ley y reglamento vigente, verificado lo cual, resultó lo siguiente: para Regidor primero, D. Andrés Ruíz Díaz; para segundo, D. Miguel de Haro; para tercero, D. Francisco Fuentes; para cuarto, D. Juan Sánchez Requena; para quinto, D. Diego Hernández Cueto; para sexto, D. Pedro López; para séptimo, D. Francisco Ruíz Hernández; para octavo, D. Bartolomé Zamora menor y para noveno, D. Juan Segado.

Acto seguido procedieron estos señores al nombramiento del Regidor que ha de desempeñar el destino de Procurador Síndico y puestos a votación resultó nombrado para este cargo D. Miguel de Haro.

En esta disposición se hizo presente la necesidad de nombrar de entre los nueve Señores Regidores, dos que desempeñen las funciones de vocales de esta Junta Municipal de Sanidad en reemplazo de los que han cesado y un vecino particular por el propio objeto en lugar de D. Simón Cayuela, quien como Alcalde, pasa a ser Presidente de la Junta; y recayó el nombramiento en los señores Regidores: D. Francisco de Fuentes y D. Pedro López, y en D. Alfonso Vañón como tal vecino particular. Seguidamente acordaron los referidos señores del Ayuntamiento que, las sesiones ordinarias, sean dos cada semana y que para ellas se señalan los jueves y domingos de cada una y que de todo lo acordado se dé cuenta al Sr. Jefe Político y Presidente de la Junta Superior de Sanidad de la Provincia por conducto de este Ayuntamiento: Igualmente procedieron al nombramiento de Secretario en propiedad de este Ayuntamiento, por unanimidad nombraron para Secretario a D. Jacinto Vañón quién actualmente la desempeña interinamente con aprobación del Sr. Jefe Político de la Provincia a quien también se da parte del expresado nombramiento. Así lo acordaron, firman y señalan como acostumbran estos Señores, lo que certifico. Simón Cayuela = Juan Zamora = Juan Sánchez = Miguel de Haro = Pedro López = + + + + += Presente Jacinto Vañón.

Este nuevo Ayuntamiento compuesto por Alcalde, dos Tenientes de Alcalde y nueve Regidores es mitad alfabeto y, la otra, analfabeto.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios