La tribuna

Coronel JAVIER Soriano

Ébola, misión cumplida

LA Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional especifica que mediante ley, de acuerdo a la Constitución, se establecerán las reglas esenciales que definen el comportamiento de los militares, en especial la disciplina, la jerarquía, los límites de la obediencia, así como el ejercicio del mando militar, debiendo el Gobierno proceder mediante Real Decreto a desarrollar estar reglas en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

Consecuencia de ello, por Real Decreto 96/2009, de 6 de febrero, se aprobaban las actuales Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas (RROO) que conforman un código deontológico, compendio de los principios éticos y reglas de comportamiento del militar español.

Pero la existencia de unas RROO en las Fuerzas Armadas no es algo de ahora; históricamente los Ejércitos han contado con un conjunto de normas que sintetizaban su régimen de vida y funcionamiento, denominado "ordenanzas".

Leyes tan primitivas como las del Fuero Juzgo trataban de las misiones de los que "van en hueste" para luchar por la Patria y relacionaban el amor a esta con la voluntad de defenderla.

Pero es en la Segunda Partida del Rey Alfonso X el Sabio donde podemos encontrar más claramente el origen de las Ordenanzas Militares, en las que se contienen normas y disposiciones apoyadas siempre en la virtud de la disciplina.

Las RROO de Carlos III fueron fruto de varias Juntas sucesivas y venían a constituir como una enciclopedia del militar que sirvió como inspiración de muchos valores militares para cuantos habían de cumplir una obligación con respecto a la Patria.

Como consecuencia de la evolución del concepto de lo militar, en el año 1978 una comisión designada al efecto redactó unas nuevas Ordenanzas para las Fuerzas Armadas, que fueron aprobadas por Ley de 28 de diciembre de dicho año y con las que se pretendía actualizar las de Carlos III, constituyendo un hito fundamental en el proceso de reforma de las Fuerzas Armadas para, sin perder los valores tradicionales que les son intrínsecos, adaptarse a la nueva realidad de la sociedad española.

Las RROO de 2009 son una actualización de las de 1978 y en su artículo 104. Evacuación de españoles en el extranjero, dice: "Actuará con la mayor diligencia, en colaboración con otros organismos nacionales o internacionales, en misiones de evacuación de españoles en el extranjero cuando circunstancias de inestabilidad en el país pongan en grave riesgo su vida o sus intereses. En su caso, actuará de igual forma en relación con ciudadanos de otros países."

En cumplimiento de órdenes recibidas, los días 6 de agosto y 21 de septiembre de este año la Unidad Médica de Aeroevacuación (UMAER) del Ejército del Aire procedió a evacuar de Monrovia (Liberia) y Freetown (Sierra Leona) respectivamente a españoles enfermos afectados por el virus del ébola.

En el primero de los casos el medio de transporte era un Airbus A-310 del 45 Grupo y un equipo médico de la UMAER; y en el segundo caso era un T-10 (C-130 Hércules) del Ala 31 y dos equipos médicos de la UMAER.

La UMAER fue creada en 2003 y forma parte de las Fuerzas de Proyección de Muy Alta Disponibilidad del Ejército del Aire, lo que implica que esta Unidad debe mantener una alerta de 24 horas al día, siete días a la semana, para realizar un despliegue en 2 horas desde el momento en que es activada para una misión de evacuación, y 3 horas para Intervención Médica Inmediata, lo que coloca a esta Unidad en la punta de lanza de las Unidades Sanitarias del Ejército del Aire y de las Fuerzas Armadas, siendo su misión primordial la aeroevacuación del Ejército del Aire, aunque realiza traslados de personal civil en cualquier zona del mundo en la que se requiera por el Gobierno, integrándose los equipos médicos como parte de la tripulación de la aeronave que lleve a cabo la misión.

Los días 6 de agosto y 21 de septiembre, el personal de la UMAER, del 45 Grupo y del Ala 31 que intervino en la evacuación de personal civil afectado por el ébola cumplió su misión con el espíritu militar, la disciplina, valor, prontitud en la obediencia, exactitud en el servicio, competencia profesional y guardando en todo momento la discreción sobre los asuntos relativos al servicio que exigen las Reales Ordenanzas. Sólo así se puede culminar con éxito la misión encomendada y terminar con la expresión tan tradicional en el acervo militar de: "Sin novedad", misión cumplida.

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