Economía

Hacienda estudia cómo eximir el pago de la plusvalía en inmuebles vendidos con pérdidas

El Ministerio de Hacienda y Función Pública estudia "todas las posibilidades" para adaptar el conocido como impuesto municipal sobre las plusvalías, después de que el Tribunal Constitucional haya anulado su aplicación en los casos en el que los terrenos o inmuebles se hayan vendido con pérdidas. Fuentes de Hacienda indicaron que los técnicos ya "están estudiando la situación", a pesar de que por el momento el dictamen solo se aplica en Guipúzcoa, porque "cualquier decisión judicial nos afecta directamente".

En una sentencia conocida la pasada semana, el Constitucional anuló varios artículos de la normativa foral de Guipúzcoa relativas al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, la conocida como plusvalía municipal. Este impuesto local grava el incremento de valor de los terrenos urbanos desde que un determinado propietario lo adquirió hasta su venta, aunque para calcular esa revalorización no utiliza el importe real de las operaciones sino que aplica sobre el catastro unos coeficientes en función de los años.

Así, puede darse la circunstancia de que el propietario de un terreno lo venda a un precio inferior al de compra y, aun así, tenga que abonar el impuesto sobre la plusvalía. Ahora el Constitucional especifica que en los casos en los que el terreno o inmueble haya perdido valor -es decir, "aquellos supuestos en los que la capacidad económica gravada por el tributo sea, no ya potencial, sino inexistente, virtual o ficticia"- no existe plusvalía y, por tanto, no puede cobrarse el impuesto. Hacienda puntualiza que esta sentencia se limita a Guipúzcoa, aunque todos los expertos consideran que dada su similitud con la ley de financiación de haciendas, es previsible que el Constitucional resuelva los recursos pendientes en el mismo sentido.

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