Asistencia farmacéutica

Los servicios farmacéuticos deben contribuir a la continuidad asistencial

En España se estima que en 2050, seis millones de personas superarán los 80 años. El envejecimiento y la cronicidad son grandes desafíos, por lo que se está adaptando en un nuevo perfil de paciente y también para la Farmacia Comunitaria. Ante esta situación, se están abordando reformas para promover un modelo asistencial que dé respuesta a estos cambios sociodemográficos. Por este motivo el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos ha publicado un nuevo informe sobre Asistencia Farmacéutica en Centros Sociosanitarios. El documento, elaborado por el Grupo de Trabajo de Atención Sociosanitaria y Domiciliaria, recoge los aspectos generales para asegurar una asistencia farmacéutica de calidad.

Para elaborar el documento se han tenido en consideración los actuales desafíos profesionales de la Farmacia Comunitaria. Lo primero es ofrecer servicios farmacéuticos sociosanitarios (desde la Farmacia Comunitaria, en la atención domiciliaria y en la atención en centros sociosanitarios) que contribuyan a la continuidad asistencial y la coordinación sociosanitaria, mejorando la calidad de vida, la detección precoz, así como la adherencia y eficiencia de los tratamientos farmacoterapéuticos de los pacientes. Además se debe promover el Desarrollo Profesional Continuo para mejorar el uso de sus competencias profesionales y proporcionar una práctica profesional de calidad en beneficio del paciente. Para ello se deben desarrollar las herramientas tecnológicas necesarias. Sin olvidar promover un marco jurídico que genere igualdad y cohesión en la prestación farmacéutica de las farmacias comunitarias en centros sociosanitarios, centros de día, centros de atención de media y larga estancia. También se debe visibilizar la labor asistencial y la nueva cultura de la Farmacia Comunitaria con las Administraciones responsables de la asistencia sociosanitaria y entidades y agentes que, igualmente, intervienen en la atención sociosanitaria.

El documento pone de manifiesto que la asistencia farmacéutica a los centros sociosanitarios debe realizarse de acuerdo con unos criterios generales. Se debe garantizar el derecho de los ciudadanos a recibir la prestación farmacéutica en condiciones de igualdad, ya sea en su propio domicilio o en el ámbito sociosanitario en el que pudiera estar ingresado, y que sea considerado como un paciente más de la atención primaria. La asistencia farmacéutica de centros sociosanitarios, con menos de cien camas que no hayan optado por disponer de un servicio de farmacia propio, podrán contar con depósitos de medicamentos vinculados preferentemente, a farmacias comunitarias, de la misma área o zona sanitaria de influencia correspondiente. Por otra parte los servicios profesionales se prestarán por el farmacéutico titular de la farmacia comunitaria o bajo la responsabilidad de éste por un farmacéutico perteneciente a dicha farmacia.

Y finalmente las actuaciones de las farmacias comunitarias no solo se referirán a la dispensación de medicamentos y productos sanitarios, sino que también comprenderán otros servicios profesionales farmacéuticos ligados al medicamento y a la promoción de la salud pública.

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