Sociedad

Audiencia prohíbe a un padre acercarse a su hijo por azotarlo con un cinturón

  • El procesado recurrió la sentencia alegando que se trataba de un castigo, pero el tribunal desestima sus argumentos al considerar que "rebasó con creces el reiterado derecho de corrección".

La Audiencia de Barcelona ha prohibido a un padre acercarse a menos de mil metros de su hijo, al que azotó con un cinturón para castigarle, en una sentencia en la que le advierte de que para evitar el "conflicto familiar" que comporta la orden de alejamiento sólo le queda solicitar su indulto.

En su sentencia, la sección 20ª de la Audiencia de Barcelona revoca la condena de 56 días de trabajos en beneficio de la comunidad que un juzgado de lo penal impuso al padre, Juan Gregorio C., por un delito de lesiones al haber azotado a su hijo de 13 años por todo el cuerpo con un cinturón.

El procesado recurrió la sentencia alegando que se trataba de un castigo, pero el tribunal desestima sus argumentos al considerar que el parte de lesiones que presentaba el niño demuestra que su progenitor "rebasó con creces el reiterado derecho de corrección", que, por otro lado, se ha restringido aún mas con la última reforma penal.

No obstante, la Audiencia revoca la pena de trabajos en beneficio a la comunidad que el juzgado penal impuso al procesado, porque no se le preguntó si aceptaba esa condena, requisito imprescindible para imponer una medida penal alternativa.

Por este motivo, le impone la pena mínima, siete meses y medio de prisión -sustituible por los trabajos en beneficio en la comunidad si hay consentimiento expreso del procesado- y una pena de alejamiento de un año, siete meses y quince días.

La sentencia recuerda que la ley exige la imposición de penas de alejamiento en todos los casos cuando se trate de delitos de lesiones cometidas en el ámbito familiar, sin que el tribunal pueda tener en cuenta la peligrosidad del autor del delito, ni la opinión de la víctima, ni la valoración de su necesidad.

La Audiencia admite en su fallo que esa ley plantea "una problemática relativamente frecuente", cuando las partes no desean el alejamiento impuesto en la condena.

Por este motivo, advierte al padre de que el único "cauce legal para paliar el conflicto familiar" que pueda generar esa orden de alejamiento es solicitar al Gobierno el indulto parcial de la pena de prohibición de acercamiento.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios