Es desagradable que despierten a uno de un plácido sueño, más si es de madrugada, y peor si lo interrumpen ruidos externos originados por quienes se divierten fuera del control que marcan las normas de convivencia. O que alteren o impidan el descanso al que todo ser viviente tiene derecho. El ocio nocturno no está prohibido si no trasgrede los cauces establecidos, pero sí lo está el incumplir las reglas fijadas para no molestar al vecindario. De poco sirve que la autoridad competente sanciones con una multa económica y el cierre de actividad durante varios meses a los “negocios” molestos, por reiterado incumplimiento del límite de ruidos, si a la hora de la verdad todo sigue igual.

Una de dos, o la actitud policial es demasiado contemplativa, a la espera de que los infractores observen las advertencias, o las sanciones fijadas no son lo suficientemente contundentes, hasta percatarse que es más beneficioso pagar la sanción y seguir molestando al vecindario. Mano dura a los infractores.

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