Almería

Condena al SAS de 35.000 euros por el retraso al detectar un tumor cerebral

  • El paciente de 47 años tuvo que acudir a una clínica privada donde se le diagnosticó la enfermedad que le ha dejado secuelas

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) deberá indemnizar con 35.000 euros a un paciente de 47 años al que no diagnosticaron un tumor cerebral que sí fue detectado en una clínica privada a la que acudió posteriormente al considerar el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que las secuelas que actualmente sufre, con pérdida de audición y parálisis facial, se deben "en buena medida" a que no pusieron a su disposición "los medios necesarios". El TSJA desestima el recurso de apelación interpuesto por el SAS contra el fallo de un juzgado de lo contencioso-administrativo de Almería que determino que el "retraso diagnóstico bien puede explicar la agravación" de la dolencia "tanto en lo referido al tratamiento quirúrgico, como en lo referido a tratamientos complementarios, y en lo que se refiere a las secuelas padecidas". Según se recoge en la resolución, E.H.M. empezó a sufrir en octubre de 2004 la pérdida de equilibrio, mareos, acúfenos y sensación de que los objetos se movían, por lo que acudió a su médico de cabecera en su centro de salud de Almería, quien lo derivó al especialista de otorrinolaringología (ORL) con un pase preferente. Sin embargo, el otorrino le diagnosticó, "sin pruebas clínicas", otosclerosis. Ante la gravedad de los síntomas, el paciente decidió ir a una clínica privada en Granada, donde si le practicaron una resonancia magnética mediante la que se le diagnosticó, el 8 de Abril de 2005, un tumor cerebral (neurinoma del VIII par), del que fue intervenido quirúrgicamente mediante exéresis vía retrosigmoidea derecha el 15 de junio. Como secuelas le quedaron pérdida de audición en un oído, problemas en un ojo y parálisis facial.

La reclamación patrimonial, seguida a instancias de la Asociación 'El Defensor del Paciente' y del letrado Ignacio Martínez, derivó en un juicio que se centró en dirimir la influencia en la demora del diagnóstico y la intervención en las secuelas padecidas por el paciente y la responsabilidad del SAS, que los demandantes cuantificaron en 120.000 euros. La administración sanitaria sostuvo que la influencia era "despreciable dado el escaso retraso y el crecimiento lento de este tipo de tumores" pero ya la sentencia en primera instancia señaló que, "aún siendo verdad que no sabemos que tamaño tendría el tumor en diciembre de 2004 y que la intervención hubiese sido necesaria en todo caso, sus consecuencias con un diagnóstico precoz o sin tal diagnostico, pueden ser muy diferentes". El Alto Tribunal en su sentencia, consultada por Europa Press, va más lejos y concluye para desestimar el recurso de apelación del SAS que se "vulneró la lex artis".

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