Almería

Manolo y el IEA

  • El 13 de junio se cumplía el centenario del nacimiento del compositor y gran poeta almeriense Manuel del Águila 16 prestigiosos escritores de Almería y grandes amigos suyos escriben sobre su figura

Teniendo en cuenta las numerosas publicaciones editadas por el Instituto de Estudios Almerienses (IEA) en las que aparece reflejado el Maestro Manuel del Águila, quisiera con estas sucintas líneas, expresar el cordón umbilical que siguen uniendo al profesor de idiomas y músico D. Manuel del Águila con este Centro de Estudios Locales Almerienses, que aun teniendo las palabras que a continuación se reseñan, un sentido procedimental administrativo con ocasión de la burocracia maquinal, no por ello están exentas del cariño, el afecto y el testimonio reconocido por parte las instituciones almerienses en su aportación al crecimiento de la cultura almeriense.

Se acuerda el 17 de marzo de 1981, la comisión para redactar los Estatutos, que son aprobados por el Pleno de la Diputación el 30 de abril de 1982. El mismo Pleno nombra al nuevo Consejo de Dirección. El 22 de noviembre de ese año se constituye el Consejo pleno del Instituto de Estudios Almerienses, en el Aula de Cultura de Unicaja. En este pleno se nombran los siguientes socios de honor: José Ángel Tapia Garrido, Manuel Mendizábal Villalba, Manuel Ocaña Jiménez, Rufino Sagredo Arnáiz, Guillermo Verdejo Vivas y Jesús Pérez de Perceval. También son nombrados los primeros socios de número, como Manuel del Águila Ortega, Joaquín Pérez Siquier o Carlos Pérez Siquier.

En la sesión de fecha 24 de enero de 2007, se sometió a debate y votación del Consejo Rector del IEA, propuesta formulada por el Director Valeriano Sánchez Ramos, de la aceptación de bienes donados por herederos de D. Manuel del Águila, siendo aprobada en todos sus términos por unanimidad de todos los Grupos Políticos integrantes de la Corporación Provincial (PP, PSOE, PAL e IULVCA).

Y todo ello, fue posible a la situación jurídica del IEA al ser y comportarse administrativamente como un Organismo Autónomo Local de la Diputación Provincial de Almería, adscrito al Área de Presidencia, que tiene como fin propiciar y fomentar el desarrollo científico, cultural, social y económico de la provincia de Almería y para ello utiliza diferentes vías. Tiene personalidad jurídica propia, patrimonio y organización independiente y está dotado de la capacidad de la actuación necesaria para el cumplimiento de sus fines.

El Instituto podrá adquirir bienes a título oneroso o gratuito, poseer, arrendar bienes y derechos de cualquier clase, y será titular del patrimonio especial que acumule, que estará afecto al cumplimiento de sus fines específicos. La constitución de cualquier carga o gravamen sobre el patrimonio o ingresos presentes o futuros del IEA deberá ser previamente aprobada por el Pleno de la Diputación Provincial.

Por motivos personales y teniendo en cuenta lo que D. Manuel del Águila Ortega ha representado para Almería, sus herederos desean que los bienes mencionados en el anexo, sean entregados para su conservación, estudio e investigación al Instituto de Estudios Almerienses de la Diputación Provincial de Almería. Dichos bienes que contienen un indudable valor histórico y cultural en la vida del autor, se encuentran libres de cargas con excepción de las previstas en el contrato, gravámenes e impuestos.

Estudiada la propuesta de donación y conocidos los bienes, se estima que el traslado de los bienes donados hasta la sede del IEA sita en Plaza Julio Alfredo Egea núm. 3 y al Palacio Provincial en Calle Navarro Rodrigo, 17 se haga con cargo al Presupuesto del Instituto de Estudios Almerienses. El Piano vertical y cuadro al óleo del autor se encuentran expuestos en la primera planta del Palacio Provincial y el resto de los bienes se está clasificando y catalogando para su traslado al IEA en fecha próxima.

De lo establecido en el acuerdo dispositivo solo queda por recepcionar, tal y como se le manifestó al distinguido miembro del IEA Sr. Capel del Águila, el día 25 de enero de 2013, en cumplimiento del acuerdo referenciado, que los herederos procedan, una vez terminada la catalogación, al depósito de "carpetas con manuscritos, copias y documentos a máquina de toda su obra literaria y musical".

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