Almería

No a los recursos del caso 'Facturas', que sigue adelante

  • La Audiencia Provincial dice que existen "razones" para atribuir los hechos imputados

El caso 'Facturas sigue adelante. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería ha desestimado los recursos de apelación de los investigados que ordenaba la transformación en procedimiento abreviado de esta causa, lo que significa darle continuidad. Entre ellos los recurrentes se encuentran el exvicepresidente de la Diputación de Almería, Luis Pérez Montoya, y a la exsecretaria del Patronato Provincial de Turismo, María Teresa González, que se enfrentan, respectivamente, a siete años y nueve meses y nueve años años y diez meses de prisión.

La desestimación se realiza a través de un auto, consultado por Diario de Almería, en el que se descarta la falta de indicios incriminatorios aludida por parte de los investigados. En este sentido, el escrito dice que el auto recurrido por éstos "contiene un extenso y detallado relato de hechos referidos a todos los recurrentes". Así, los magistrados de la Sección Tercera, presididos por Társila Martínez, afirman que "en esencia y a nivel indiciario habida cuenta del estadio procesal en el que nos hallamos, en síntesis, que los investigados Luis Pérez Montoya y María Teresa González, a raíz de los cargos públicos que desempeñaban... urdieron un plan con el que conseguían desviar fondos públicos del Patronato Provincial de Turismo, para quedárselos o destinarlos a gastos particulares ajenos a la función pública, tanto de ellos mismos como de otras personas que resultarían beneficiarias. Para el logro de tales propósitos ilícitos se concertaron con distintos empresarios que habitualmente eran proveedores del Patronato, consiguiendo de los mismos que emitieran múltiples facturas por unos servicios o bienes que en ningún momento se prestaban o entregaban, tratándose de realidades negociales inexistentes".

Los magistrados se oponen asimismo al archivo del procedimiento porque "son numerosas las diligencias de investigación practicadas, tomándose declaración a todos los investigados, 53 testigos, extensos atestados policiales y una profusa y variada documental que conduce a una probable participación de cada uno de los recurrentes en los hechos punibles detallados" por el juez instructor. Además, afirman que "existen razones para atribuir a todos los imputados, al menos de forma indiciaría, participación en los diversos actos cometidos por los mismos".

En otro ámbito, los magistrados indican que los representantes de la Agencia Leitour, una de las empresa presuntamente implicadas en el caso 'Facturas', y María Teresa González han solicitado "una variada y extensa documental que resulta innecesaria, en primer lugar, por la personación del Patronato como acusación particular, quien se ha encargado de ampliar la denuncia en distintas ocasiones aportando numerosa documental a tal efecto ; en segundo lugar, a la vista de los períodos de tiempo que resultan investigados en la presente causa, la documental propuesta por González deviene improcedente, e innecesaria habida cuenta de la documental que obra ya incorporada en las actuaciones". "Además, se trata de no dilatar aún más innecesariamente la presente instrucción cuando los elementos esenciales para la tipificación de los hechos constan ya deslindados por todo cuanto llevamos expuesto", añaden.

Por último, en lo relativo a las diligencias de carácter personal que propone por la exsecretaria del Patronato González Rivera, entre ellas la declaración como investigados de distintos funcionarios de la Diputación Provincial, una testifical del inspector, etc., los magistrados dicen que "no resultan necesarias vistos los fines de la instrucción penal y la labor desarrollada por el juez instructor a lo largo del procedimiento, tomando declaración a numerosos testigos que vienen a explicitar el mecanismo de conformación y pago de las facturas, sin obviar que ni por el juez, ni por las partes acusadoras han apreciado la necesidad de investigar a las personas que cita, algunas de las cuales han depuesto como testigos".

Sin embargo, aseguran que "todo lo anterior no es óbice para que las partes recurrentes pueda proponer, a fin de que hayan de practicarse en el acto del juicio oral y ser objeto de valoración exculpatoria , las diligencias de prueba que estime convenientes a su derecho de defensa".

Aunque lejos aún de resolverse, el caso 'Facturas' tiene desde ya un obstáculo menos en su camino. El Ministerio Público ya ha calificado los hechos y ahora es posible convertir la causa en un procedimiento abreviado que permita dejar atrás de una vez por todas la fase de instrucción.

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