Resistiendo

Andrés García Ibáñez

Excomunión, ipso facto

SEGÜN el derecho canónico, la excomunión es el castigo más severo que puede aplicarse a un pecador o reo. Consiste en excluirle de la vida de la Iglesia, imposibilitándole para recibir los sacramentos y ritos propios de esta confesión. Hay dos tipos de excomunión en virtud de cómo se hace efectiva; una "ferendae sententiae" que se proclama, ordinariamente, por resolución del obispo del lugar o el Papa, comunicándoselo expresamente al reo, y una "latae sententiae", o excomunión automática, ipso facto, que se produce en el momento mismo de pecar. Esta última está tipificada para los casos más graves, como la apostasía, la herejía, el cisma y el aborto. No se cita, curiosamente, el homicidio o el abuso sexual a menores; para los sacerdotes, se contempla la vulneración del secreto de confesión como pecado merecedor de esta excomunión.

Lo que ha reclamado mi atención, casi de inmediato, es que la apostasía conlleve esta pena máxima, sobre todo ahora, cuando apostatar es un camino pleno de dificultades, trabas e impedimentos. Investigo entonces el alcance real de la pena, siempre según la normativa católica. Y resulta ahora que la excomunión no pone a la persona fuera de la Iglesia, sólo la coloca al margen de su vida o actividad. Y digo yo, ¿Cuál es la diferencia entre estar fuera de la Iglesia y estar fuera de la vida de la Iglesia? Pues, según parece, que los efectos del bautismo son irreversibles y que, aunque no creas, seas ateo, esperes la excomunión con ilusión, apostates, etc, te siguen contabilizando como miembro del club. La explicación que se da es que la Iglesia espera el arrepentimiento y que sus ovejas descarriadas vuelvan, convencidas e iluminadas, a su seno. La realidad es que necesitan amplio número de afiliados para seguir defendiendo eso de que España tiene a la católica como religión mayoritaria. Esto, en las negociaciones con el Estado, les permite seguir disfrutando de sus ancestrales e inconcebibles privilegios, incompatibles, por otra parte, con el principio de igualdad democrática. En definitiva, una cara dura apoteósica.

Yo animo a la Iglesia, si es posible, al ejercicio de la coherencia. A que reconozcan la apostasía como un derecho de la persona y que, en virtud de su normativa, se le aplique la pena "latae sentientiae", excluyendo al reo TOTALMENTE de la pertenencia a su confesión o grupo. De no ser así, espero del gobierno actuaciones encaminadas a garantizar el cumplimiento de este derecho. Apelo también a la coherencia del ciudadano, esperando que asuma la pertenencia a una religión con todas las consecuencias, en identificación y asunción íntegra, por pleno convencimiento, de la doctrina que la sustenta. A ver cuantos creyentes verdaderos -contabilizables- quedarían.

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