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Lista con todos los patinetes eléctricos homologados por la DGT: busca tu modelo

Un usuario de patinete por el carril bici de la ciudad.

Un usuario de patinete por el carril bici de la ciudad. / Juan Carlos Muñoz (Sevilla)

Los patinetes eléctricos se han convertido en uno de los vehículos más demandados de los últimos tiempos, tanto en las ciudades como en el ámbito rural estos elementos han ayudado a que los peatones reduzcan el tiempo de llegada entre un destino y otro. No obstante, aquellos que tengan uno de estos VMP (vehículos de movilidad personal) tendrán que tener en cuenta que en el mes de enero se actualiza la normativa de la DGT y todos aquellos patinetes eléctricos que no estén homologados no podrán circular. 

Nuevos requisitos de los patinetes eléctricos

  • No podrán circular a más de 25 km/h, velocidad a partir de la cual el motor dejará de impulsar al vehículo, y dispondrán de un sistema de antimanipulación. También deberán disponer de un indicador de información visible de la velocidad y del nivel de batería.
  • Todos deberán contar con dos frenos independientes y los de más de dos ruedas, también con un freno de estacionamiento.
  • Estarán equipados de catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). La luz de freno deberá estar diferenciada o combinada con la luz trasera.
  • Los dedicados al transporte de mercancías u otros servicios, deberán llevar instalados obligatoriamente intermitentes delanteros y traseros, retrovisores y asistente de marcha atrás.
  • Será obligatorio disponer de un avisador acústico y, en el caso de éstos, de un avisador de marcha atrás también.
  • Los VMP de menos de tres ruedas tendrán que llevar una pata de cabra lateral o un caballete central. De esta forma se evitará que queden caídos en medio de las calles.
  • Se establece un diámetro mínimo para las ruedas, que serán rugosas, y todos ellos tendrán un marcaje de fábrica, legible y ubicado de forma visible. 

Listado de todos los patinetes eléctricos homologados por la DGT

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¿Qué se considera un VMP?

Según el Reglamento General de Vehículos, son aquellos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h y que sólo puede estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.

Prohibido circular por carreteras y aceras

Tráfico recuerda que estos vehículos no pueden circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos. Tampoco por las aceras en las ciudades.

Además, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores están obligados a cumplir las normas de circulación, como el resto.

Desde la DGT se recomienda que el ciudadano que quiera adquirir un VMP consulte tablas como las que ofrecemos aquí, donde encontrará las marcas y modelos que ya han sido certificados.

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